Novedades sobre el Impuesto a las ganancias

Con la intención de solucionar parcialmente una injusticia, haciéndose eco del reclamo de los trabajadores y para fortalecer el poder de compra de una gran cantidad de asalariados y jubilados, el Poder Ejecutivo Nacional estableció a través del decreto 1242/2013 que ningún asalariado ni jubilado que gane hasta $15.000 brutos pagará el impuesto a las ganancias en lo que resta del año 2013. La decisión comenzará a regir con los salarios y jubilaciones que se cobran en el mes de septiembre de este año. El esquema propuesto se puede resumir de esta manera:

Hasta $15.000: Aquellos trabajadores (activos o pasivos) que en el período enero a agosto 2013 hayan obtenido remuneraciones y/o haberes mensuales que no superen los $ 15.000.- brutos dejarán de tributar el impuesto a las ganancias.

Entre $15.001 y $25.000: Los sujetos que hayan obtenido remuneraciones brutas comprendidas entre estas sumas entre enero y agosto de 2013 estarán sujetos a retención de impuesto, pero se establece un incremento del 20% de las deducciones establecidas en los incisos a), b) y c) del Artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.
Asimismo se incrementará 30% el importe de las deducciones para los asalariados de la Patagonia argentina (La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Patagones - Prov de Buenos Aires), dado que en dicho territorio el nivel de precios minoristas es más elevado que en el resto del país.

Más de $25.000: No habrá cambios en el impuesto a las Ganancias para los trabajadores que hayan obtenido remuneraciones brutas que superan este importe en el período comprendido entre enero y agosto de 2013.

Tratando de aclarar el alcance del término remuneración, posteriormente la RG 3525 de AFIP estableció que se considerarán las remuneraciones mensuales, normales y habituales, entendiéndose como tales aquellas que correspondan a conceptos que se hayan percibido, como mínimo, durante al menos seis (6) meses del período al que se hace referencia en dichos artículos.

Según estimaciones oficiales, con las modificaciones introducidas el impuesto a las ganancias será tributado por el 10,2% de los trabajadores registrados (955.527) y el 0,7% de los jubilados (39.641)

CPN Sergio Slotnisky (Asesor de Sec. Hacienda)